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El Gobierno simplifica Ganancias pero ARCA retiene los controles.

El Gobierno simplifica Ganancias
NACIONALES - ECONOMIA - NOTICIAS 2026-04-20 14:03:01

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificó este lunes la normativa anual que rige la liquidación y el ingreso del Impuesto a las Ganancias

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificó este lunes la normativa anual que rige la liquidación y el ingreso del Impuesto a las Ganancias. La imposición legal recae de forma directa sobre las personas humanas y las sucesiones indivisas residentes en el territorio nacional.

El Boletín Oficial difundió la Resolución General 5836/2026 que reglamenta el uso del denominado Régimen de Declaración Jurada Simplificada. El equipo económico ancló esta herramienta tributaria opcional en los parámetros que fija la Ley N° 27.799.

El Palacio de Hacienda bautizó a esta ingeniería legal bajo la denominación de “Inocencia Fiscal”. El sistema opera como un mecanismo recaudatorio diseñado para captar ahorros no declarados de los residentes e inyectarlos en el circuito financiero formal.

Los contribuyentes que elijan esta modalidad operativa deben canalizar sus liquidaciones de manera íntegra desde el entorno digital oficial. El organismo recaudador exige ingresar al apartado “Ganancias Personas Humanas – Portal Integrado” y condiciona el avance del trámite a la titularidad de una Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 2 o una categoría superior.

La sistematización del proceso invierte la lógica de la carga de datos. La flamante reglamentación impone las siguientes condiciones técnicas:

  • El organismo fiscal disponibiliza la información financiera preexistente en sus servidores.
  • La matriz de datos se nutre de la información que aportan responsables inscriptos y terceros.
  • El usuario audita los números precargados antes de autorizar la transmisión definitiva.
  • El sistema tributario autoriza al titular a ejecutar ajustes, modificaciones, incorporaciones o eliminaciones.

El marco normativo regula además el procedimiento de enmienda para los documentos ya consolidados. La resolución dicta que la presentación de declaraciones juradas rectificativas avanza exclusivamente a través del régimen general o del formato simplificado, en estricta correspondencia con la vía que el responsable eligió en la presentación original. (Agencia OPI Santa Cruz)

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